Codigo de Hammurabi – Primeras regulaciones para protección y reparación ante accidentes.

Historicamente el ser humano ha tenido siempre que protegerse de las adversidades, en sus inicios la humanidad ha tenido que enfrentar un mundo que le era completamente extraño. Poco era lo que comprendía del mismo, la caza que el humano realizaba para satisfacer su necesidad de alimentación, era muy probablemente un instinto basado mas en la necesidad que en el saber.  Este mundo prácticamente salvaje, de noche lo exponía aún mas a las reglas impuestas por la naturaleza.

Con el paso de los milenios, el ser humano fue evolucionando y con ello su capacidad cognitiva que le permitirían generación tras generación, ir mejorando el dominio sobre el medio. A pesar de ello, existían limitaciones muy significativas, el ser humano, aún se encontraba expuesto a enfermedades, accidentes y eran presas de la naturaleza lo que generaba una vida media muy reducida y limitaba su capacidad de desarrollarse mas rapidamente. Por otro lado, la comunicación verbal era muy primitiva y la escrita aún no existía, el conocimiento yacía en la cultura tribal y se transmitía a los niños principalmente por repetición de las acciones de los adultos.

Mas cercanos en la línea de tiempo, en la Edad de Piedra, con la creación por parte del hombre de sus primeras herramientas, se instauraron también nuevos riesgos asociados al uso de la misma. A medida que pasaba el tiempo y el hombre iba evolucionando en las técnicas de supervivencia, alimentación, vivienda, etc. iba adicionando nuevos peligros y riesgos con los que tendría que ir lidiando aunque iba conteniendo algunos otros como los ataques de los animales de la naturaleza.

En la Edad de bronce, con la aparición de la agricultura y el desarrollo de nuevas armas, se desatan guerras para conseguir nuevas tierras así incrementar los territorios fértiles para el cultivo. El desarrollo de aleaciones de cobre y estaño fue esencial para la mejora de las armas, que utilizarían los soldados en las guerras por la expansión de las civilizaciones. Esto si bien, era un avance para estas civilizaciones, no resultaba tan beneficioso cuando eran los adversarios los que avanzaban en sus armas. Estas guerras generaban muchas bajas y esto requirió mejorar también los elementos de defensa como ser escudos y armaduras apareciendo así las primeras protecciones personales. Aunque estos no fueron los únicos, en esa época también aparecieron otras protecciones como ser barricadas, fosos, muros, murallas, etc., el inicio de lo que hoy consideramos las protecciones colectivas.

Ahora sí, yendo a la cuestión del artículo, dentro de la propia era de bronce, mas precisamente cerca de 1800 a.C, el Rey Hammurabi reinaba en Babilonia, que en esa época se extendía por sobre la mesopotamia asiática.  El Rey, en busca de complacer a los Dioses, promulgó una serie de leyes, para ser exactos 282, haciendolas tallar en redor de una piedra cilíndrica parada sobre uno de sus extremos, cuya escritura es en acadio a través de sus caracteres cuneiformes.

En este código, se regulaban distintos aspectos de la vida cotidiana y leyes que castigan los delitos como ser: el comercio y los préstamos; el trabajo asalariado y cuanto debía pagarse; los alquileres, la propiedad y las herencias; los divorcios, la infidelidad y la violación; el robo; asesinato; y el comercio de esclavos entre otros. Dentro de estas cuestiones reguladas, en lo que refiere al daño realizado a otro se aplicaba principalmente la ley del Talión, donde penaba al infractor con el mismo daño que era causado. Así, un hombre que generaba la pérdida de un ojo en otro, era castigado dañándole el suyo.

Por último, si bien el ámbito laboral estaba destinado principalmente a esclavos, también había obreros. Si un hombre empleaba al hijo de otro en su campo, y este último era dañado por un animal al cual no se les había cortado los cuernos sabiendo que podía causar daño, era responsable de una indemnización reparatoria y esta indemnización era menor si el dañado era un esclavo.

Así es como se iniciaba por aquellos tiempos la normativa reparatoria y punitoria de algunos de los aspectos que regulaban las relaciones entre los Seres Humanos.

Lic. Gustavo D. Fornés

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